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En Afore XXI lo primero son nuestros AFILIADOS. Por eso nos comprometemos contigo a orientar y respaldar tus decisiones para el retiro, manteniendo un Indice de Rendimiento Neto competitivo y servicios
de calidad; además de vigilar y asegurar que se cumpla siempre tu derecho a:
- Ser titular de una Cuenta Individual manejada con estricta confidencialidad donde quede depositado tu ahorro para el retiro, para que puedas disfrutarlo al término de tu vida laboral.
- Depositar en esa Cuenta Individual tus Aportaciones Voluntarias y Aportaciones Complementarias de Retiro , en cualquier momento y por cualquier cantidad para incrementar tu ahorro y, si así lo decides, aumentar el monto de tu pensión
pudiendo aprovechar importantes incentivos fiscales.
- Reunir en tu Cuenta Individual los recursos SAR 92-97.
- Participar en Fondos de Inversión administrados profesionalmente, donde tu ahorro obtendrá uno de los mayores rendimientos compatibles con la prudencia y seguridad con que deben administrarse los recursos para tu retiro.
- Recibir con agilidad tus recursos al momento de tu pensión, de acuerdo con los beneficios y requisitos que establece la Ley del Seguro Social.
- Efectuar retiros parciales por concepto de Ayuda de Matrimonio o por Desempleo.
- Designar a Beneficiarios Sustitutos de tu Cuenta Individual a quienes podrás proteger en caso que llegues a faltar y no tuvieras Beneficiarios Legales (*), así como designar Beneficiarios de tus Aportaciones Voluntarias y Complementarias
de Retiro.
- Ser informado con veracidad, claridad y oportunidad sobre la administración de tu Cuenta Individual, a través de información periódica, sin costo alguno.
- Obtener una Certificación del Saldo de la Subcuenta de Vivienda para que puedas realizar, ante el INFONAVIT, tu trámite de crédito.
- Contar con asesoría gratuita sobre todo lo relacionado con la previsión de tu vida en el retiro, con nuestra atención personalizada (vía telefónica, por Internet, correo electrónico, correo postal o directamente
en nuestras Oficinas de Servicios).
- Reunir en tu Cuenta Individual los recursos SAR ISSSTE.
Principales obligaciones de Afore XXI
La principal obligación de Afore XXI es administrar el ahorro de cada uno de sus Afiliados, recibiendo las cuotas y aportaciones que le corresponden conforme a las Leyes de Seguridad Social. Debe realizar los trámites de los diversos tipos de retiro de recursos y la prestación de varios servicios relacionados con la administración de su Cuenta Individual.
También es obligación de Afore XXI, mantener informados a sus Afiliados sobre el estado de sus ahorros, enviando a su domicilio por lo menos tres veces al año sus Estados de Cuenta y demás información sobre su Cuenta Individual y la situación de sus inversiones.
Contrato de Administración de Fondos para el Retiro
Al realizar el trámite de registro (por afiliación o traspaso) en Afore XXI, independientemente de la orientación que recibas, es importante que leas con detenimiento tu Contrato de Administración de Fondos para el Retiro, a fin de comprender todos los conceptos, derechos y obligaciones relacionados con la administración de tu Cuenta Individual.
La AFORE se obliga para con el TRABAJADOR a administrar y operar los recursos de su cuenta individual prevista en la Ley y en las Leyes de Seguridad Social; a prestarle los servicios de compra y venta de acciones de las SIEFORES que la propia AFORE opere, actuando en nombre y por cuenta de el TRABAJADOR, así como también los servicios de guarda y administración relativos a tales acciones. Por su parte, el TRABAJADOR se obliga a pagar, como contraprestación por los referidos servicios, las comisiones autorizadas por la CONSAR, que se determinen en la estructura de comisiones de la AFORE.
A continuación enlistamos los principales conceptos que integran dicho documento:
- Definiciones y Objeto del Contrato
- Obligaciones de Afore XXI
- Obligaciones del trabajador
- Comisiones
- Inversión de recursos en las SIEFORES (comprende: Instrucciones del Trabajador, Elección de SIEFORES;
- Prospecto de Información, Traspaso de recursos entre SIEFORES, Servicios de guarda y administración, Ejercicio de derechos patrimoniales)
- Traspaso de la Cuenta a otra Administradora de Fondos para el Retiro
- Subcuenta de Vivienda
- Cuentas Individuales SAR de Trabajadores anteriores al 1° de julio de 1997 y manejo de información SAR
- Aportaciones Voluntarias y Complementarias de Retiro, así como su recepción
- Información sobre la Cuenta Individual
- Beneficiarios Sustitutos y designación de Beneficiarios de Aportaciones Voluntarias
- Retiro de Fondos
- Responsabilidades de Afore XXI
- Vigencia del contrato
- Terminación
- Domicilios
- Información de CONDUSEF, Legislación aplicable y Tribunales competentes
Celebrado el Contrato de Administración, se tienen derechos y obligaciones mutuos, a continuación mencionamos los principales:
Afore XXI:
Obligaciones:
- Abrir, administrar y operar la Cuenta Individual del Trabajador de acuerdo a la normatividad aplicable.
- Recibir de los Institutos de Seguridad Social las cuotas y aportaciones correspondientes, así como el Ahorro voluntario, ya sea por parte del trabajador o de su patrón.
- Individualizar las cuotas y aportaciones de Seguridad Social, así como los rendimientos generados de su inversión.
- Enviar al domicilio del Trabajador su Certificación de Registro, Estados de Cuenta cuatrimestrales y demás información sobre su Cuenta Individual y el estado de sus inversiones.
- Tener a disposición del trabajador los Estados de Cuenta.
- Registrar en la Cuenta Individual, el monto de las cuotas y aportaciones recibidas, rendimientos, comisiones y retiros que se carguen a las mismas.
- Prestar al Trabajador los servicios de adquisición y venta de acciones representativas del capital social de las SIEFORES que opere y que haya sido elegida por el Trabajador.
- Prestar al Trabajador los servicios de guarda y administración de acciones representativas del capital social de las SIEFORES.
- Operar y pagar bajo las modalidades que CONSAR autorice, los Retiros Programados al Trabajador que elija esta opción.
- Pagar los retiros parciales o totales que procedan con cargo a la Cuenta Individual del Trabajador.
- Entregar los recursos de la Cuenta Individual a la Institución de Seguros que el Trabajador o sus Beneficiarios elijan para la contratación de una Renta Vitalicia o un Seguro de Sobrevivencia.
- Contar con una Unidad Especializada que atienda las consultas y reclamaciones del Trabajador, de sus Beneficiarios o de su patrón, así como con servicios de información y atención al público, el domicilio y números telefónicos para la atención al público.
- En sus Oficinas, mantener en lugar visible, la información relativa a la posición financiera y estado de resultados de la Afore (rendimiento anual, precio de la acción, composición de la cartera de las SIEFORES y estructura de comisiones), asimismo, mantener disponibles los prospectos de información y sus folletos explicativos, así como el Formato Múltiple)
- Actuar en representación del Trabajador con su consentimiento en la atención y resolución de cuestiones relacionadas con la Cuenta Individual.
Derechos:
- Cobrar la comisión que corresponda por los servicios que presta.
- Suspender el envío de correspondencia cuando el domicilio señalado por el trabajador no exista o éste no tenga su domicilio en el lugar indicado en el contrato.
- Suspender el envío de estados de cuenta si el saldo se encuentra en ceros.
Trabajador:
Obligaciones:
- Pagar a Afore XXI la comisión por los servicios que ésta le presta.
- Informar a la Afore sobre cualquier modificación de la información consignada en el Contrato.
- Actualizar el domicilio al cual se le envíe su correspondencia, número de teléfono y cambio de Beneficiarios Sustitutos o de Aportaciones Voluntarias. Dicha actualización deberá notificarla a más tardar dentro de los 30 días naturales siguientes a la realización de los hechos que dieron origen a la modificación.
Derechos:
- Recibir en el domicilio registrado en su contrato o en el notificado a Afore XXI su Certificación de Registro, Estados de Cuenta cuatrimestrales y demás información sobre su Cuenta Individual y el estado de sus inversiones.
- Recibir asesoría especializada relacionada con su cuenta individual y/o el sistema de ahorro para el retiro a través de la Unidad de Servicios al Cliente.
¡Para Afore XXI, cumplir es nuestro mayor compromiso!
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(*) Son: viuda, viudo (si dependía economicamente de la Trabajadora), hijos menores de 16 años (o hasta 25 años si continúan estudiando en el Sistema Educativo Nacional, o mayores de 16 que no puedan mantenerse debido a una enfermedad crónica, defecto fisico o psiquico -en su caso-) y los padres (si vivían en el hogar del trabajador).
A falta de cónyuge, la concubina o el concubino (si dependió económicamente de la trabajadora) que vivió con el trabajador durante los 5 años previos a su muerte, o con quien tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
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